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TR357B, TR357C y TR357D. Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la RSE

10.02.2023. El programa de ayudas de la Consellería de Promoción de Empleo e Igualdad de la Xunta de Galicia para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la RSE se publicó hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén validamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

Para las líneas II y III también podrán presentar solicitud las empresas con centros de trabajo en Galicia.

En el caso de la línea I, las empresas deberán contar como mínimo con diez personas trabajadoras y con un máximo de 49.

Para la línea II, si la solicitud es para as sublíneas 1 y 3, las empresas deberán contar con un mínimo de una persona trabajadora y si la solicitud es para la sublínea 2, las empresas deberán contar con un mínimo de cinco personas trabajadoras.

Para la línea III, las empresas deberán contar con un mínimo de cinco personas trabajadoras.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Línea I. Elaboración e implantación de planes de igualdad (TR357C)

En esta línea podrán ser objeto de subvención, bien de manera conjunta bien por separado, los siguientes conceptos:

a) Los costes de la elaboración de una diagnosis de la empresa desde la perspectiva de género.

b) Los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en la diagnosis previa.

c) Los costes derivados de la implantación de las medidas previstas en el plan de igualdad que
ya tenga aprobado la entidad para su primer año de vigencia. No podrá solicitarse ayuda por este concepto en la misma convocatoria en que se soliciten los supuestos a) y b).

d) La contratación, en el grupo de cotización 1 o 2, a jornada completa y, como mínimo, de un ano de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad, con el objeto de asesorar y coordinar en cualquiera de las fases de elaboración e implantación del plan de igualdad.

Cuantías de las ayudas

a) Hasta el 80 % de los costes que comporte el proceso de diagnosis previa de la empresa con un máximo de 3.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 5.000 € en los demás supuestos.

b) Hasta el 80 % de los costes derivados de la elaboración de un plan de igualdad, con un máximo de 1.500 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta de 3.000 € en los demás supuestos.

c) Hasta el 80 % de los costes derivados de la implantación de las medidas prioritarias previstas en la primera fase del plan de igualdad con un coste máximo de 1.000 € en las empresas de hasta 20 personas trabajadoras, y hasta 2.000 € en los demás supuestos.

d) Una cuantía de 12.000 € por la contratación, como mínimo, de un año de una persona experta en igualdad.

La contratación prevista en la letra d) es compatible con las ayudas previstas en las letras a), b) y c).

Línea II. Conciliación (TR357D)

1. Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo

Podrán ser beneficiarias las empresas que no pertenezcan a los sectores de la economía de la tecnología de la información y la comunicación (TIC) y que:

a) Formalicen, por lo menos, un acuerdo de teletrabajo, por un periodo de tiempo no inferior a dos años, con una persona ya vinculada a la empresa por contrato laboral y jornada completa, con una antigüedad de, por lo menos, un año.

b) Contraten ex nuevo persoal en la modalidade de teletrabajo a jornada completa, y firmen con la persona trabajadora un acuerdo que regule esta situación por un periodo de tiempo no inferior a dos años.

Cuantías de las ayudas

Las ayudas consistirán en un incentivo de 2.000 euros por persona trabajadora con un acuerdo de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenga en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persoa no vinculada a la empresa, con límite máximo de 8.000 euros por empresa.

El límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina.

2. Incentivos económicos para el fomento de la flexibilidad horaria

Podrán ser beneficiarias las empresas que establezcan en un convenio colectivo de empresa, o mediante un acuerdo entre la empresa y quien ejerza la representación legal de las personas trabajadoras o, en su falta, con la totalidad del cuadro de personal, medidas de flexibilidad horaria. Podrá acordarse cualquer medida de flexibilidad como sistemas de compensación de días y horas, jornada laboral continua o semana laboral comprimida, permisos especiales en el caso de emergencias familiares y por un periodo no inferior a dos años.

Cuantías de las axudas

Las ayudas consistirán en un incentivo de 8.000 euros por empresa solicitante.

El límite máximo se incrementará en 1.000 euros para aquellas empresas en que la tasa de ocupación femenina sea por lo menos igual a la masculina.

3. Subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo

Podrán ser beneficiarias las empresas que formalizasen acuerdos de teletrabajo en vigor en la fecha de presentación de la solicitud, que deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley 10/2021, del 9 de julio, de trabajo a distancia.

No serán beneficiarias de estas subvenciones aquellas empresas que pertenezcan a sectores TIC de la economía.

Será subvencionable la adquisición de elementos tecnológicos siguientes: computador personal, medios materiales para el acceso a internet y todos aquellos periféricos necesarios para las tarefas que se vayan a desarrollar: webcam, impresora, escáner y demás componentes de hardware necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo, con la finalidad de fomentar el uso de tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) como una medida de conciliación laboral, personal y familiar.

Cuantías de las ayudas

Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 80 % de la inversión, con el tope de 1.500 euros por persona trabajadora beneficiada y con límite máximo de 20.000 euros por empresa.

2. La ayuda se verá incrementada en un 10 % para aquellas empresas en que la tasa de ocupación femenina sea, por lo menos, igual a la masculina.

Línea III. Certificaciones de RSE (TR357B)

Será el pago del 80 % de los costes de la certificación obtenida con un máximo de 2.000 € por empresa.

SOLICITUD Y PLAZO

El plazo de presentación se inicia mañana, día 11 de febrero, y acaba el 10 de marzo.

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