18.01.2021. DOGA N.º 10
Plazo de solicitud
Inicio: 20 de enero de 2021 a las 9:00 h
Fin: 15 de octubre de 2021
Beneficiarios
Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidos en el sector servicios e industria. A efectos de esta resolución se considera sector servicios las actividades incluidas en las secciones: G, H, I (HOSTELERÍA), J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T ó U del CNAE 2009.
Período subvencionable
Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas una vez efectuada la solicitud de ayuda y la fecha límite para ejecutar y justificar la inversión será el 15 de septiembre de 2022.
Conceptos subvencionables
Proyectos de ahorro y eficiencia en el sector industrial o servicios que justifiquen un ahorro energético del 20 % del consumo energético inicial (40 % para actuaciones de iluminación y 5 % en el caso de actuaciones del proceso productivo del sector industrial). Deben alcanzar un ratio de ahorro energético anual de 0,4 kWh/€ de inversión eligible, que se reduce a 0,3 para medianas empresa y 0,2 para pequeñas.
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 10.000 euros.
Cada solicitud contendrá un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o varias actuaciones homogéneas a ejecutar en el mismo emplazamiento. Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación.
Se incrementará un 20 % para las pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.
Con carácter general la ayuda máxima por proyecto asciende a 500.000 €, si bien podría llegar hasta 1.000.000 € para proyectos que justifiquen elevados niveles de ahorro energético.
Para más información: Subvenciones de ahorro y eficiencia energética
Descargar documentación