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TR349F. Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas

01.02.2024. Incentivo a la contratación indefinida inicial y a la formación de personas desempleadas para favorecer la creación de nuevos empleados estables y contribuir al crecimiento de pequeñas unidades productivas con potencialidad. El presupuesto es de 1.350.000 €.

Personas beneficiarias

Personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio fiscal en Galicia por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.

No podrán ser beneficiarias las personas que desarrollaran, en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva situación de alta en la Seguridad Social, la misma actividad como personas trabajadoras autónomas.

Intensidad de los incentivos

1. Bono contratación. La ayuda será proporcional al tiempo efectivo de trabajo respeto de la jornada a tiempo completo en caso de jornada parcial y fijos-discontinuos. En este último caso, además, el periodo de actividad anual será de un mínimo de 6 meses.

1.ª contratación:

  • Persona desempleada, 7.500 €.
  • Mujer, paro larga duración, mayores de 52 años, con dispacidad, riesgo exclusión, emigrantes retornadas y extranjeras: 9.000 €.
  • Máx.: 14.400 €.

2.ª/3.ª contratación:

  • Persona desempleada: 9.000 €.
  • Mujer, paro larga duración, mayores de 52 años, con dispacidad, riesgo exclusión, emigrantes retornadas y extranjeras: 11.000 €.
  • Máx.: 17.600 €.

Al importe máximo se le suma, en todas las contrataciones, un 15 % acumulables en los siguientes casos: ayuntamiento rural, entre 45 y 52 años, persona trans y mujer profesión subrepresentada.

2. Bono formación. Acciones formativas a las personas contratadas. Solicitud opcional.

4.000 € por persona: 

  • Tiene que ser para la misma persona cuyo contrato se subvenciona.
  • Formación teórica relacionada con el puesto (mínimo 70 horas).
  • Realizada en los 3 primeros meses de contrato y terminada antes del 30 de octubre de 2024.

Obligaciones de la contratación

  • La persona contratada tiene que estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y sin ocupación en el momento de su contratación.
  • La contratación se realizará entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024, con anterioridad o el mismo día de la solicitud de esta ayuda.
  • Se comunicará a través de la aplicación Contrat@ en los 10 días hábiles desde el inicio del contrato.
  • Deberá ser indefinida inicial, y en el caso de una contratación fija-discontinua, el período de actividad será un mínimo de 6 meses cada año.
  • Podrá ser a tiempo completo o, de ser a tiempo parcial, con una jornada mínima del 50 %, desde el inicio, respeto de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo.
  • Se deberá mantener a la persona contratada en la plantilla un mínimo de 36 meses.

Incentivo a la formación

  • La formación presencial podrá realizarse tanto en las instalaciones de la persona beneficiaria como en las de la entidad encargada de su impartición.
  • En la modalidad de teleformación, se realizará en una plataforma virtual de aprendizaje con una metodología apropiada que posibilite la interactividad (persona trabajadora-tutoría) y que asegure la gestión de los contenidos, un proceso de aprendizaje sistematizado, su seguimiento en tiempo real y la evaluación de todo el proceso, con controles periódicos del aprendizaje.
  • Las personas beneficiarias deberán presentar en el plazo máximo de 10 días desde el siguiente que termine la formación, la siguiente documentación:

a) Declaración expresa de la aplicación de la ayuda a los gastos subvencionables y declaración de otras ayudas solicitadas y/o concedidas (Anexo III).
b) Documento acreditativo de que se comunicó a las personas representantes legales de las personas trabajadoras la acción formativa.
c) Declaración conforme se realizó la formación, con relación de personas de contenidos formativos, calendario de actividades, horas impartidas e informe individualizado de aprovechamiento.

Presentación de la solicitud y plazo

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado (Anexo I) en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  • Deberán dirigirse ante la Jefatura Territorial donde la persona solicitante tenga el domicilio fiscal.
  • El plazo para su presentación comienza el 5 de febrero de 2024 y termina el 30 de septiembre de 2024.
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