09/07/2021. DOG Nº 130
Descripción
Se publican las ayudas a proyectos de digitalización para hacer frente a la situación provocada por la Covid-19 (programa Cheques digitalización Covid-19), susceptibles de ser financiadas en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, como parte de la respuesta de la UE a la pandemia de Covid-19.
Se concederán por orden de entrada.
Plazo de solicitud
Desde 10/07/2021 hasta 30/09/2021
Beneficiarios
Siempre que tengan centro de trabajo en Galicia:
Requisitos principales del Proyecto
El período de ejecución de las inversiones subvencionables se denomina plazo de ejecución del proyecto y abarcará desde el día siguiente al cierre de la convocatoria anterior (1 de octubre de 2020) hasta la fecha máxima de ejecución establecida en la resolución de convocatoria, 15 de noviembre de 2021. Cualquier gasto realizado fuera de este período no será subvencionable.
En ningún caso se admitirán los pagos justificados mediante recibo del proveedor ni los pagos por caja o en efectivo.
Los proyectos deberán estar implementados y en uso en la entidad beneficiaria al final del plazo de ejecución del proyecto.
Los proyectos deberán estar comprendidos entre los 1.500 € y los 12.000 € de gasto subvencionable.
Los costes de adquisición de activos de segunda mano podrán ser subvencionables siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que conste una declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y de que no han sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.
b) El precio no sea superior al valor de mercado y sea inferior al coste de los bienes nuevos similares, para lo cual se deberá aportar certificado de tasador independiente.
Sólo se subvencionarán los siguientes conceptos:
Se contempla la obligación de mantener las inversiones en activos fijos adquiridos en propiedad en el centro de trabajo en Galicia, durante 3 años desde haber recibido el pago de la subvención. La inversión subvencionada podrá ser sustituida dentro de este período, en el caso de obsolescencia o avería, durante el período mencionado, no pudiendo ser objeto de subvención.
Cada entidad podrá solicitar el programa Cheques de digitalización Covid-19_2021 una única vez.
Se prevé un anticipo del 50% del importe de la ayuda.
Inversiones y gastos subvencionables
a) Activos de los siguientes tipos:
b) Gastos de suscripción a software como servicio estándar de mercado (comprobado como en el punto anterior) durante un año. El coste subvencionable será en todo caso el abonado por parte del solicitante durante el período de gasto subvencionable, con el límite de cobertura de un año.
c) Colaboraciones externas encaminadas a la adaptación y personalización de los sistemas digitales y al entrenamiento sobre su aplicación y uso.
Los activos, apartado 1.a) podrán ser adquiridos en propiedad o utilizarse en régimen de arrendamiento durante el período de ejecución del proyecto. En este caso, el coste subvencionable será el importe de las cuotas satisfechas, sin recargos, intereses u otros costes adicionales.
La suma del gasto subvencionable en los apartados a) y b) no superará los 10.000 €. El máximo de gasto subvencionable en el apartado c) será de 4.000 €.
Cuantía de las ayudas
80% del gasto subvencionable con el límite máximo de 9.600 € por empresa.
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