TU503E. Inversión en equipamientos financiada al 100 % en el marco de Eje REACT-UE
DOG Nº 125 de 01 de julio de 2022. Ayudas en concurrencia competitiva.
A QUIÉN VA DIRIGIDO?
- Microempresas, pequeñas y medianas empresas, incluyendo autónomos, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia.
- Empresas del sector hostelería.
Para los efectos de estas ayudas se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas rurales, albergues turísticos y otros tipos de alojamientos, además de restaurantes, bares y otros establecimientos de restauración, recogidos en los capítulos IV y V de la Ley 7/2011, del 27 de octubre, del turismo de Galicia. Quedan expresamente excluidas las viviendas de uso turístico reguladas en el Decreto 12/2017, del 26 de enero, por lo que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia- REAT
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Sistemas domóticos, control de distancias, optimización de procesos, puertas y consignas automáticas, controles de acceso, renovación de aire, sistemas de climatización y softwares de control asociados.
- Sistemas de check-in automáticos.
- Cartelera, rotulación, señalización y actuaciones vinculadas con ella.
- Equipación, directo o indirecto, que pueda servir de apoyo o difusión en el control de la pandemia (medidores de CO2, ionizadores, dispensadores, etc.).
- Reformas orientadas a la creación de espacios que sugieran mayor amplitud (colores claros, incorporación de espejos, etc.).
- Envoltorios y material de un sólo uso. El total de gastos destinados la este concepto no podrá superar el 10 % de los gastos totales subvencionables.
- Procesos de desinfección y desinfección recurrente realizados por empresas externas con motivo de la COVID, que no tengan la consideración de gastos de limpieza común.
- Nueva equipación de hixienizado y lavado.
- Nueva equipación para nuevos productos, presentaciones o métodos de conservación.
- Equipación multiservizo.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El importe máximo de subvención será del 90 % de la inversión, con un máximo de 50.000 euros por beneficiario.
PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES
Son actuaciones subvencionables aquellas desarrolladas entre lo 1 de enero y el 31 de octubre
de 2022.
SOLICITUD Y PLAZO
Desde 02 de julio al 01 de agosto de 2022.
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